En concordancia con la responsabilidad social de la Universidad de La Serena ante la comunidad regional, constituyó en el año 2008 el primer Comité de Ética y Bioética de la Corporación. En respuesta a los cambios que se han producido en el proceso de actualización de la legislación que regula estas acciones, se ha creado oficialmente este año el nuevo Comité Ético-Científico de la Universidad para abordar las interrelaciones entre la generación de conocimiento y la protección de las personas, animales y del medio ambiente, derivados de las investigaciones realizadas bajo el amparo o patrocinio de nuestra Institución.

En tal contexto y a modo de invitación para revisar los diferentes aspectos y compromisos que se exponen más adelante, esta legislación de carácter obligatoria hace referencia a los derechos de las personas que participan voluntariamente en las investigaciones y al cuidado de los datos sensibles en resguardo de su identidad y confidencialidad mediante compromisos de autorización bajo consentimiento informado.

Cada proyecto de investigación deberá ser presentado por el investigador responsable a la Secretaría del Comité mediante envío electrónico al correo eticauls@userena.cl

El comité dará respuesta al investigador dentro de 45 días hábiles, a partir de la recepción de la documentación enviada, siempre y cuando el protocolo de investigación cumpla con los requisitos y documentación que se señalan a continuación:

  1. Una copia del proyecto completo versión impresa y otra copia digital (CD o Email) (por pandemia no se reciben documentos impresos, solo digitales).
  2. Formato completo específico para la solicitud de revisión (Protocolo respectivo).
  3. Consentimiento informado y/o asentimiento informado cuando se requiera.
  4. Curriculum vitae de los investigadores que no estén incluido en el protocolo de investigación, acompañado de las respectivas certificaciones.
  5. Manual del investigador, el que es requisito para ser presentado al comité cuando se trate de un ensayo clínico (ver Protocolo guía del ISP en anexos).
  6. Carta de compromisos del investigador responsable de informar resultados de la evaluación y estados de avances comprometidos cuando sean requeridos por el Comité.
  7. Seguros asociados o comprometidos de existir.
  8. Otros antecedentes que sean considerados relevantes para la toma de razón del comité.
  9. Los documentos presentados no serán devueltos.